A los Legisladores

Legislador

La protección de las cooperativas y la economía popular es un mandato constitucional que se ha mantenido en todas las Reformas a la Carta Magna desde 1963 y está consagrada en el Artículo 8 de la Constitución Vigente.

Legislador

En los artículos 195 y 200

Con tu voto aprobatorio debes mantener el mandato constitucional de PROMOVER Y PROTEGER el Cooperativismo y la economía solidaria popular, así como el reconocimiento de que existen tres sectores económicos: Publico, Privado y Solidario.

Te recordamos que en la segunda lectura de la Reforma Constitucional mantenga el sagrado compromiso de votar por la PROTECCION al Sector Cooperativo y Solidario de la economía, los que garantizan distribución equitativa del ingreso la riqueza social, el desarrollo humano sostenible, el bienestar comunitario, trabajo digno y comercio justo.

CONTAMOS CON TU VOTO APROBATORIO

CONSEJO NACIONAL DE COOPERATIVAS –CONACOOP.

Comunicado de Conacoop al Congreso Nacional



Al Congreso Nacional
De : Consejo Nacional de Cooperativas

¡Desproteger las cooperativas y el sector solidario es
Un atraso que el país no puede consagrar constitucionalmente!


El Consejo Nacional de Cooperativas Inc., institución que congrega al movimiento cooperativo nacional, en unión del los sectores de la economía solidaria, en vista de que existe la posibilidad de que República Dominicana sea el único país del mundo que retira constitucionalmente la protección estatal al cooperativismo y a la economía social.

En vista de que:

En la Constitución del gobierno del Profesor Juan Bosch, en 1963, se consagró la protección estatal al movimiento cooperativo.

La Asamblea Revisora Constitucional ha aprobado lo siguiente:

“ARTÍCULO 195. (ARTÍCULO 195 PPE)- El régimen económico, se orienta hacia el desarrollo humano y se fundamenta en el crecimiento económico, la justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial, y la sostenibilidad ambiental, en un marco de libre competencia, participación, solidaridad e igualdad de oportunidades”.

“ARTICULO 197. ( PPE ) El Estado garantiza el pluralismo económico basado en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Bajo el principio de subsidiaridad, el Estado puede por cuenta propia o en asociación con el sector privado, ejercer la actividad empresarial con el fin de prestar servicios públicos, asegurar el acceso de la población a bienes y servicios y de promover la economía del país,

“ARTÍCULO 200. (ARTÍCULO 200 PPE)- El Estado reconoce el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo del país, a la vez que fomenta las condiciones de integración del sector informal en la economía nacional y promueve el desarrollo de la micro pequeña y mediana empresa, las cooperativas, las empresas familiares y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, la producción, el ahorro y el consumo, que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia técnica y capacitación oportunos”.

El Conacoop propone:

A la Asamblea Revisora Constitucional al realizar la verificación y auditoría pertinente pondere la importancia significativa del cooperativismo dominicano y de la economía solidaria en beneficio de la colectividad y que en consecuencia el texto constitucional relativo a los aspectos atinentes al sector cooperativo dominicano quede así:

ARTÍCULO 195.- El régimen económico es plural, se orienta hacia el desarrollo humano, y se fundamenta en el crecimiento económico, la justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial, y la sostenibilidad ambiental, en un marco de libre competencia, participación, solidaridad e igualdad de oportunidades. El sistema económico estará constituido por las formas de organización económica pública, privada, mixta, popular, cooperativista, solidaria, y las demás que la constitución determine. Todas las formas de organización económica tienen la obligación de generar trabajo digno.

“ARTICULO 197. El Estado garantiza el pluralismo económico basado en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Bajo el principio de subsidiaridad, el Estado puede por cuenta propia o en asociación con el sector privado y de economía solidaria, ejercer la actividad empresarial con el fin de prestar servicios públicos, asegurar el acceso de la población a bienes y servicios y de promover la economía del país.

ARTÍCULO 200.- El Estado reconoce el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo del país, a la vez que fomenta las condiciones de integración del sector informal en la economía nacional; promueve, fomenta, incentiva y protege el desarrollo de las cooperativas, de la micro, pequeña y mediana empresa, las empresas familiares y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, la producción, el ahorro y el consumo, que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia técnica y capacitación oportunos.

Congresistas Respaldan Protección de las Cooperativas


Tres legisladores anunciaron su respaldo a la protección constitucional del sector cooperativo y de economía solidaria en la reforma que se hace actualmente a la Cartga Magna.

El senador Andrés Bautista (Provincia Espaillat, PRD), Radhames Castro (Boca Chica PPC) y Ulises Rodríguez (Santiago PLD) manifestaron por separado a dirigentes del Consejo Nacional de Cooperativas (Conacoop), que el sector cooperativo requiere,por el tipo de condiciones sociales en que desarrolla su labor, que se mantenga la protección constitucional establecida en el 1963 cuando el profesor Juan Bosch fue el presidente.

Bautista y Castro se entrevistaron con el profesor Julio Falcar, presidente del Conacoop en el Palacio del Congreso a propósito de la modificación que, aprobada en primera lectura, despojo a las cooperativas y al sector de economía solidaria, de la protección establecida en la ley de leyes.

Bautista y Castro, ambos ex/dirigentes cooperativos y destacados en el organismo precursor del Conacoop, la Confederación Nacional de Cooperativas, manifestaron que el Estado debe mantener la protección para una fuerza económica que atiende las necesidades de servicios y productos de casi tres millones de personas humildes, la mayor parte de las cuales no califican para financiamientos del sistema bancario formal.

Otro legislador que también se pronuncio a favor de la restitución de esa medida es el diputado perredeista Ulises Rodríguez, quien indico en Santiago, demarcación por la que fue elegido, que las cooperativas deben seguir siendo regidas por una ley especial como ocurre en todos los países en cuyos Estados hay consciencia del papel que ellas cumplen.

Los legisladores indicaron que lo que hay que hacer desde el Estado es fomentar y promover la fundación y el desarrollo de nuevas cooperativas que suplan áreas y poblaciones aun no cubiertas.

Santiago se hace presente en la lucha

SANTIAGO. El movimiento cooperativo y de economía social y solidaria de la Región Norte del país solicitó a los congresistas del Cibao que rechacen la desprotección constitucional que se ha puesto en marcha en el Congreso Nacional.

Durante una rueda de prensa realizada en esta ciudad, la Federación de Cooperativas del Cibao Central (FECOOPCEN), se apela a la conciencia comprometida de las y los legisladores respecto de esta medida aprobada ya en primera lectura.

El Lic. Eddy Álvarez, presidente de la Federación de Cooperativas del Cibao Central (FECOOPCEN), acompañado de dirigentes de otras entidades agrupadas, sostuvo que República Dominicana podría convertirse en el primer país del mundo que retira la protección legal y constitucional al movimiento cooperativo y las entidades de economía social.

“Nosotros atendemos al 30 % de la población más pobre, la que por sus condiciones no puede aplicar al sistema financiero formal y operamos con gran transparencia y efectividad en una actividad que beneficia indirectamente a tres millones de personas, por intermedio de los 750 mil socios que se benefician de nuestro sistema en el cual no hay un grupo dueño del capital sino que el patrimonio es colectivo” dijo Álvarez.

El Lic. Rafael Narciso Vargas, presidente de la Cooperativa La Altagracia, Inc. indicó que los diputados y senadores del Cibao tienen la responsabilidad de defender a los sectores más empobrecidos de la región por lo que deben rechazar esa desprotección.

El Lic. Yanio Concepción, de la Cooperativa Vega Real, Inc. recordó que estas entidades contribuyen al fortalecimiento democrático y participativo de la sociedad, fomentan y promueven la generación de empleos en las comunidades del entorno operacional y combaten pobreza mediante la transformación de los más pobres sujeto de crédito y servicios.
Recordó que esa protección fue dispuesta en 1963 en la Constitución del gobierno del profesor Juan Bosch.

“Nos da la impresión que algunos diputados no tienen idea de lo que implica la desprotección constitucional a este movimiento” afirmó el Lic. Eddy Álvarez presiente de la Federación de Cooperativas del Cibao Central, FECOOPCEN.

Indicaron los dirigentes cooperativos en su encuentro con la prensa de Santiago que los dispositivos aprobados en primera lectura en la Comisión Revisora de la Constitución se retira el término “protección” y se sustituye por el de “libre competencia, con lo cual las cooperativas pasarían a recibir el trato impositivo y la regulación de la Superintendencia de Bancos , en lugar de estar a cargo del Instituto Dominicano de Crédito Cooperativo (Idecoop) y de estar regulados por la Ley No.127/64, formulada especialmente para estas entidades.

Explicaron que las cooperativas operan como un factor de estabilización social ante la crisis actual y que permiten resolver cuestiones prioritarias al 30% de la población más pobre del país.

“¿Qué sería de esos tres millones de personas si no tuvieran a mano el recurso de las cooperativas que les apoyan en sus urgencias y pequeños proyectos?” indicaron los cooperativistas.

El Lic. Eddy Álvarez, indicó que las cooperativas han adquirido una importancia capital por su aporte económico al país, estimado en unos 60 mil millones de pesos al año, por parte de las 750 cooperativas y organizaciones de economía social.

PROPUESTA AL CONGRESO

Las organizaciones cooperativas proponen, en lugar de la desprotección, incluir la economía solidaria como parte de las iniciativas económicas que contribuyen al desarrollo del país y por tanto beneficiaria de políticas de fomento y protección estatal. Y establecer la obligación del Estado de impulsar el desarrollo de economías asociativas y el comercio justo.

Piden además consignar el fomento de la producción nacional como factor determinante en la garantía de la soberanía y seguridad alimentaria de la nación y ampliar la garantía del derecho al trabajo estableciendo la protección estatal al trabajo autónomo, labores de auto sustento y cuidado humano, así como el reconocimiento de todos los y las trabajadoras como actores sociales productivos.

Piden además definir y ejecutar las políticas públicas pertinentes buscando la reducción de las desigualdades y desventajas socio-económicas que afectan a segmentos poblacionales en el acceso a los recursos productivos.


1º. Las Cooperativas contribuyen al fortalecimiento democrático y participativo de la sociedad.

2º. Las Cooperativas fomentan y promueven la generación de empleos en las comunidades del entorno operacional.

3º. Las Cooperativas combaten los niveles de pobreza, convirtiendo en sujeto de crédito y servicios a extensos sectores de la población, excluida por el sistema de crédito tradicional.

4º. Las Cooperativas promueven el desarrollo local mediante el fomento de la micro, pequeña y mediana empresa, incidiendo con ello en la disminución de los niveles de delincuencia.

5º. Las Cooperativas constituyen un instrumento idóneo de formación y difusión de sanos valores sociales, con enfoque de equidad.

6º. La Organización Internacional del Trabajo -OIT- mediante la Resolución 193 en su 90ª. Conferencia de junio de 2002 insta a los Estados signatarios a promover, fomentar y apoyar el surgimiento y desarrollo de las organizaciones cooperativas.

7º. Los Jefes de Estado y Jefes de Gobiernos Iberoamericanos en su Declaración de Uruguay de noviembre de 2006, establecen que:

“Las cooperativas y demás organizaciones de la Economía Social, con sus principios de productividad, competitividad, complementariedad, solidaridad y sobre todo responsabilidad social, contribuyen al desarrollo integral de las naciones”.

8º. Hay necesidad de seguir reconociendo el interés histórico del Estado Dominicano en la práctica y filosofía del cooperativismo socioeconómico.

9º. Visto que habíamos propuesto originalmente mantener el inciso b) del numeral 13, Articulo 8 de la Constitución vigente.

10º. Entendido de que habíamos propuesto que se agregara un literal c) y d), con el texto siguiente:

“c) Se declara de interés nacional el fomento y desarrollo del cooperativismo, disponiéndose la promoción de éste como empresa de la Economía Solidaria y su enseñanza en el Sistema Educativo Nacional, a todos los niveles.”

d) El Estado dará las garantías necesarias a las cooperativas y organizaciones de la economía solidaria para su crecimiento y desarrollo.

11º. Dado que nuestra propuesta sugería la inclusión en la Reforma Constitucional lo siguiente:

“El Estado podrá convertir sus empresas en propiedades de cooperación o economía cooperativista”, al mismo tiempo, “estimulará el ahorro familiar y el establecimiento de cooperativas de crédito, de producción, de distribución, de consumo o de cualesquiera otras que fueren de utilidad, así como también fomentará la creación y el desarrollo de la economía solidaria”.

“El Estado reconocerá la existencia de todos los sectores económico, agrupado en público, privado, cooperativo y solidario”.

12º. En vista de que la Asamblea Revisora Constitucional ha aprobado lo siguiente:

“ARTÍCULO 195. (ARTÍCULO 195 PPE)- El régimen económico, se orienta hacia el desarrollo humano y se fundamenta en el crecimiento económico, la justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial, y la sostenibilidad ambiental, en un marco de libre competencia, participación, solidaridad e igualdad de oportunidades”.

“ARTICULO 197. ( PPE ) El Estado garantiza el pluralismo económico basado en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Bajo el principio de subsidiaridad, el Estado puede por cuenta propia o en asociación con el sector privado, ejercer la actividad empresarial con el fin de prestar servicios públicos, asegurar el acceso de la población a bienes y servicios y de promover la economía del país,

“ARTÍCULO 200. (ARTÍCULO 200 PPE)- El Estado reconoce el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo del país, a la vez que fomenta las condiciones de integración del sector informal en la economía nacional y promueve el desarrollo de la micro pequeña y mediana empresa, las cooperativas, las empresas familiares y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, la producción, el ahorro y el consumo, que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia técnica y capacitación oportunos”.

13º. La FECOOPCEN propone que la Asamblea Revisora Constitucional al realizar la verificación y auditoría pertinente pondere la importancia significativa del cooperativismo dominicano y de la economía solidaria en beneficio de la colectividad y que en consecuencia el texto constitucional relativo a los aspectos atinentes al sector cooperativo dominicano quede así:

ARTÍCULO 195.- El régimen económico es plural, se orienta hacia el desarrollo humano, y se fundamenta en el crecimiento económico, la justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial, y la sostenibilidad ambiental, en un marco de libre competencia, participación, solidaridad e igualdad de oportunidades. El sistema económico estará constituido por las formas de organización económica pública, privada, mixta, popular, cooperativista, solidaria, y las demás que la constitución determine. Todas las formas de organización económica tienen la obligación de generar trabajo digno.


“ARTICULO 197. El Estado garantiza el pluralismo económico basado en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Bajo el principio de subsidiaridad, el Estado puede por cuenta propia o en asociación con el sector privado y de economía solidaria, ejercer la actividad empresarial con el fin de prestar servicios públicos, asegurar el acceso de la población a bienes y servicios y de promover la economía del país,


ARTÍCULO 200.- El Estado reconoce el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo del país, a la vez que fomenta las condiciones de integración del sector informal en la economía nacional; promueve, fomenta, incentiva y protege el desarrollo de las cooperativas, de la micro, pequeña y mediana empresa, las empresas familiares y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, la producción, el ahorro y el consumo, que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia técnica y capacitación oportunos.




Lic. Eddy Samuel Álvarez
Presidente FECOOPCEN

Confederacion Espanola pide proteccion cooperativas RD

La Confederación de Economía Solidaria de Andalucía, en España, solicitó al Congreso Dominicano no desproteger a las cooperativas y organizaciones de economía solidaria en virtud del papel que cumplen como entidades de apoyo a los sectores más humildes y que sus operaciones no están dirigidas al lucro.

Jesús Ortega, director para America Latina de la entidad española, sostiene que la economía social y el cooperativismo en particular, es uno de los pocos factores correctores de los desequilibrios generados por un sistema económico, basado exclusivamente en la reglas del mercado.

Recordó el dirigente andaluz en comunicado que envió al Consejo Nacional de Cooperativas (Conacoop) que la Constitución Española mantiene vigente en su Constitución el Artículo 129, que dice : “Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas. También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción”.

Ortega señala que el Estatuto de Autonomía de Andalucía dice en su artículo 172-2:
“Serán objeto de atención preferente, en las políticas públicas, las cooperativas y demás entidades de economía social”.


Resalta que el Cooperativismo y la Economía Solidaria son los instrumentos y herramientas necesarias para la creación de riquezas sostenible, generación de puestos de trabajo estable y de calidad, donde la participación democrática y la gestión por valores son de sus principales baluartes.

Dice que en las sociedades desarrolladas europeas y concretamente en España y Andalucía, el Cooperativismo ha jugado un papel determinante en los procesos de desarrollo territorial, por su forma de hacer empresas por potenciar los emprendimiento colectivos y sobre todo por su compromiso social con el entorno.

“Es por ello que los Gobiernos Democráticos y más concretamente el de España y la Comunidad Autónoma de Andalucía en todas la propuestas de Marco Legal y sobre todo en su Constitución ampara y fomenta la promoción del Cooperativismo, así como legisla medidas de protección y beneficios fiscales a fin de fortalecer y consolidar las empresas cooperativas y de economía solidaria” afirma.

Pide que en los países latinoamericanos del Caribe, se reflexione a nivel de gobiernos y congresos sobre el apoyo que se debe dar en el marco legal y constitucional al sector Solidario y promover políticas que lo protejan y fomenten.

Dice que las cooperativas son las únicas empresas que generan la esperanza y la capacidad de posibilitar en un futuro una sociedad basada en la equidad y solidaridad y son muestra de una gestión eficaz.

Vamos a tomar la ofensiva, !Vamos!

Rafael Molina

Hemos iniciado contactos con los líderes de opinión y los directores de los medios escritos. Aquí con Rafael Molina Morillo, director de El Día.

El movimiento cooperativo y de economía solidaria preparan grandes acciones de resistencia legal y publicas en contra de su desprotección constitucional, ya aprobada en primera lectura en la Asamblea Revisora en el Congreso Nacional.

La información la ofreció hoy el presidente del Consejo Nacional de Cooperativas, quien dijo que el próximo martes se reunirá la dirigencia ampliada del movimiento para acordar acciones firmes, apegadas a las leyes Esas medidas incluyen el contacto cara a cara con los voceros de los bloques congresistas y probablemente una gran marcha pacífica de miles de personas hacia el Congreso Nacional.

El profesor Julio Fulcar, presidente de Conacoop, sostuvo que la omisión de la palabra “protección” E en el artículo 195, para sustituirla por el concepto de “libre competencia” perjudicaría a tres millones de dominicanos que se benefician del servicio financiero de esas organizaciones de economía social y que no califican para prestamos del sector financiero formal.
La protección constitucional a las cooperativas y las organizaciones de economía social fue establecida por el Profesor Juan Bosch en la Constitución de 1963.

visita Radhames G.

Con Radhamés Gómez Pepín, director de El Nacional

Advierte que si el gobierno enfrenta menos presión y protestas sociales se debe al papel de las cooperativas y las organizaciones de economía social y solidaria,

Indicó el dirigente cooperativo que la comisión que estudia la modificación propuso y logro aprobación de ese artículo que dice ahora: “El régimen económico se orienta hacia el desarrollo humano, y se fundamenta en el crecimiento económico, la justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial, y la sostenibilidad ambiental, en un marco de libre competencia, participación, solidaridad e igualdad de oportunidades”.

El dirigente cooperativo no se explica el propósito de esa modificación que despojaría al movimiento de la protección y legal y transformaría a República Dominicana en el primer país que consagra constitucionalmente un retroceso sin precedente.

Destaca Fulcar que las cooperativas reúnen a más de 700 mil socios directos, movilizan unos 60 mil millones de pesos entre sectores de pequeños productores y mini-empresas que no encontrarían eco en el sistema financiero formal.

Bienvenido Alvarez

Con Bienvenido Alvarez Vega, director de Hoy.

Recordó Fulcar que entre los beneficios sociales de las cooperativas se encuentran que contribuyen al fortalecimiento democrático y participativo de la sociedad, que fomentan y promueven la generación de empleos en las comunidades del entorno operacional y son un mecanismo de combate a la pobreza, convirtiendo en sujeto de crédito y servicios a extensos sectores de la población, excluida por el sistema de crédito tradicional.

Indica que las Cooperativas promueven el desarrollo local mediante el fomento de la micro, pequeña y mediana empresa, incidiendo con ello en la disminución de los niveles de delincuencia.

Las Cooperativas constituyen un instrumento idóneo de formación y difusión de sanos valores sociales, con enfoque de equidad.